Competencia Conforme la N.J.F. 1176/82 (Orgánica de los Partidos Políticos), corresponde al Tribunal Electoral conocer y resolver en materia de partidos políticos, concediendo o denegando la personería jurídica a las agrupaciones políticas que así lo soliciten, para actuar en el orden provincial o municipal. Asimismo, compete al Tribunal Electoral: • efectuar ante las autoridades nacionales, provinciales o municipales, las gestiones necesarias para el desarrollo de su cometido; • disponer las medidas de orden, vigilancia y custodia relativas a documentos, urnas, efectos o locales sometidos a su autoridad; • intervenir en el juzgamiento de las faltas que se cometan, previstas en las mencionadas normativas; • realizar las diligencias y medidas de prueba tendientes a establecer el verdadero lugar de residencia de los ciudadanos • proyectar su presupuesto de gastos y disponer de los fondos que se le asignen. |